Registro recíproco controlado · suplemento 3 septiembre 2026

Comunicaciones ↔ procedimientos del Ministerio Fiscal

Una superficie pública segura para denuncias y comunicaciones dirigidas al Ministerio Fiscal, respuestas, decretos, actos de remisión e informes recibidos, y sus enlaces exactos o contextuales con procedimientos dentro y fuera de Fiscalía.

Límite probatorio. Una referencia no fusiona expedientes. El registro acredita únicamente el estado mostrado por el justificante; no acredita entrega interna, asociación, examen, admisión ni fondo. La posesión institucional no prueba conocimiento personal, acuerdo, intención, ilicitud ni responsabilidad.

Conciliación documental · 13 de septiembre de 2026

Leer las comunicaciones, los actos y las lagunas probatorias

Esta sala distingue la notificación o el reenvío, el acto documental y el expediente. Repetir una entrega no crea un nuevo decreto. Los decretos distintos conservan su identidad aunque pertenezcan al mismo expediente. Cada documento material debe conectar su fuente, el derivado público revisado cuando esté disponible, el texto verificado, el contexto, las correcciones y los límites probatorios.

Cadena de lectura: fuente → objeto comunicado → acto de Fiscalía → razonamiento expresado → corrección o impugnación posterior → respuesta posterior → cuestión abierta.

El control activo comprende las referencias identificadas DI, DIP, DIPP, EG y ST, junto con el material conectado de DP 1901/2026. Las seis familias siguientes son las fuentes conciliadas en custodia privada; no constituyen el denominador completo de Fiscalía. Compartir hechos o fuentes no fusiona procedimientos.

Qué se conserva, qué puede leerse aquí y qué falta

Seis familias de fuentes · custodia y publicación son estados distintos
ExpedienteFuentes recuperadasLectura públicaLaguna concreta o límite
DI 22/2026
Las Palmas
Ocho notificaciones originales de entrada y diecinueve PDFs oficiales adjuntos, del 11 de febrero al 10 de julio de 2026, conservados en custodia privada y cotejados byte a byte con los adjuntos recibidos.Contexto público existente de DI 22. Los diecinueve adjuntos privados no se presentan aquí como diecinueve PDFs publicados.Siguen pendientes el expediente y el índice completos certificados, los posibles actos no notificados y la correspondencia entre escritos y decisiones. Los actos localizados expresan una regla de acumulación de los mismos hechos y mantenimiento del archivo, y posteriormente razones de judicialización; su corrección es una cuestión distinta.
E.G. 745/2026El paquete notificado el 26 de agosto, con oficio y decreto, está conservado en custodia privada y verificado byte a byte.Sala pública revisada del recurso: la versión seleccionada del recurso de 12 de septiembre tiene siete páginas y su anexo probatorio, veintiuna. Son los derivados públicos del paquete posterior del recurso.PRE_FILING_NOT_VERIFIED_FILED: pendiente de presentación acreditada. Publicar no acredita presentar. Tras la presentación efectiva deben conservarse el documento exacto presentado y el justificante con fecha y hora.
DIP 20/2026
Tenerife → Las Palmas
La custodia privada conserva el decreto de incoación e inhibición y el oficio de notificación separado que registra el archivo en origen, Tenerife, y la inhibición a Las Palmas.Este resumen público recoge la remisión formal expresada en esas fuentes. Esta página no publica nuevos PDFs de las fuentes privadas.Esta conciliación no localizó acuse de recepción en Las Palmas, reparto, referencia sucesora ni decisión posterior. Esa laguna no prueba que no hubiera recepción o actuación.
E.G. 58/2026Cuatro actos privados distintos, verificados byte a byte: incoación y archivo de 11 de febrero; acuse y unión de 4 de junio; unión y negativa a la actuación adicional por la razón funcional o competencial expresada, de 9 de junio; y acuse y unión de 8 de septiembre.Cronología pública y límite de la fuente más abajo. La comunicación de septiembre es distinta de los eventos de entrega por correo.No se certifican el expediente completo, una investigación de fondo ni el efecto práctico posterior. La disponibilidad pública del PDF se indica por separado en la sección de la fuente.
Exp. Gub. 86/2026
Audiencia Nacional → Arrecife
Se conserva y verifica byte a byte en custodia privada la cadena escrito → justificante de registro → decreto de competencia e inhibición → oficio de notificación. Se localizó por separado el seguimiento saliente del proyecto a Arrecife.Este resumen describe la remisión a la Fiscalía de Área de Arrecife–Lanzarote–Puerto del Rosario y el archivo en origen, en la Audiencia Nacional, que expresan las fuentes.No se localizaron acuse entrante de Arrecife, reparto ni expediente o referencia sucesora. La remisión formal no acredita el tratamiento en destino ni una decisión de fondo.
E.G. 49/2026La custodia privada conserva y verifica byte a byte un justificante inicial y un decreto de incoación, denegación y archivo, seguidos de otro justificante y un decreto que reabre expresamente para acumular la nueva solicitud, denegarla y archivar de nuevo.Este resumen conserva ambos estados procesales fechados. La reapertura posterior no borra el archivo anterior.La secuencia acredita lo que expresan los actos registrados. No certifica el expediente completo ni establece la corrección del razonamiento, el motivo o la responsabilidad.

E.G. 58/2026 · comunicación de 8–9 de septiembre

El reenvío incompleto de 8 de septiembre, la petición de aclaración, el reenvío corregido de 9 de septiembre y la comunicación oficial fechada el día 8 se conservan como objetos distintos. El reenvío corregido cierra la laguna del contenido recibido sin eliminar el evento de transporte anterior.

La comunicación oficial acusa recibo de la documentación identificada y expresa que se une a E.G. 58/2026. No acredita por sí sola reapertura, nuevas diligencias, una decisión de fondo ni un resultado territorial posterior.

Fuente pública revisada: la comunicación oficial de una página fechada el 8 de septiembre está disponible como copia pública con datos ocultados. Se han retirado la dirección de correo, la firma visible y los metadatos privados, conservando el contenido sustantivo. El original firmado permanece en custodia privada.

Abrir el lector del documento · Abrir el PDF público · Leer el texto público

Copia pública: una página, 125.422 bytes. SHA-256: 5e0bc2d2bf852056be584c2ddbacfa07d0fd0763d68d389b80e74dfd47eae0ee. Este hash identifica el derivado público; no autentica la firma del original privado ni acredita reapertura o decisión de fondo.

Estos enlaces identifican contexto público existente; no certifican que todas las fuentes de un expediente sean públicas. Se conserva la navegación heredada a Ministerio Fiscal y Actos oficiales, aunque esos destinos históricos pueden mostrar un aviso de fuente no recuperada.

Digitalización y completitud

El censo acotado de 8 de septiembre registró 47 mensajes entrantes verificados de SBU y 66 PDFs recuperados. Son recuentos históricos, no un corpus actual completo. La auditoría del repositorio de 13 de septiembre contó 109 PDFs y 1.811 páginas en el conjunto del repositorio, con 671 páginas señaladas para OCR o revisión; su ámbito excede Fiscalía y no certifica una digitalización completa.

Seis derivados recuperados de los controles de junio suman 382 páginas. Siguen siendo candidatos de revisión en custodia del repositorio y esta página no los admite como documentos públicos. Recuperación, texto verificado, revisión de privacidad, publicación, presentación y examen son estados distintos.

El último control acotado de recuperación conserva diez correos originales y dieciocho PDFs adjuntos que suman treinta y cuatro páginas. Es un subconjunto recuperado, no el denominador global. Cuatro páginas con OCR en español siguen siendo candidatas a verificación.

No se certifica la completitud global. Siguen pendientes las exportaciones y hashes restantes de los correos originales, el denominador actual entre buzones, custodia y repositorio, los índices certificados y los documentos de destino identificados arriba. El hash de un adjunto acredita la identidad de sus bytes; no autentica el correo que lo transportó.

Cómo evaluar una diferencia o un error alegado

Una resolución adversa no es automáticamente errónea; un error probado no explica automáticamente su causa. Cada comparación debe indicar qué acredita la fuente, qué no acredita, la explicación alternativa razonable más fuerte y la fuente necesaria para cerrar la cuestión.

En DI 22/2026 deben compararse los hechos materialmente equivalentes con la regla expresada sobre los mismos hechos, y el material diferenciado con el tratamiento efectivamente registrado. Un expediente posterior abierto por separado es un término de comparación que requiere explicación; su mera existencia no acredita trato ilícito, represalia o discriminación.

La custodia y la coincidencia de bytes no establecen verdad sustantiva, corrección, ejecución, conocimiento personal, motivo, causalidad ni responsabilidad. Un documento de destino no localizado sigue siendo una laguna probatoria.

Cómo leer los tres ámbitos

Dentro de un procedimiento

Informe, posición o comunicación Fiscal registrada dentro de un expediente judicial u otro expediente ajeno a Fiscalía.

Fuera del procedimiento judicial

Denuncia, comunicación, decreto o respuesta en un expediente distinto de entrada, investigación, gobierno o inspección de Fiscalía.

Puente entre expedientes

Un evento identifica expresamente ambas categorías. El puente registra solo esa referencia; no acredita acumulación ni fondo común.