Ficha documental · 8 de septiembre de 2026

Documentos, escritos y resoluciones

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No hay una copia pública del documento enlazada en esta ficha. Esto no significa que el original no exista: su recuperación, custodia y publicación se verifican por separado.

Cobertura parcial: no se certifica el expediente íntegro ni la disponibilidad de todos sus anexos. Una copia de un escrito no acredita por sí sola su presentación; un informe de parte o del Fiscal no equivale a una decisión judicial.

La ficha histórica y sus relaciones se conservan debajo. Los enlaces contextuales recuperados describen navegación histórica; no equivalen a una nueva determinación de conexidad.

MASTER PROCEEDINGS · GC-CIV-003 · FUENTE ACTUALIZADA 03-SEP-2026

Diligencias Preliminares 1041/2017

Exhibición y producción de copia completa de la escritura de cesión de crédito de 20-Oct-2017 y de sus términos económicos.

Master IDGC-CIV-003
TipoJUDICIAL_PROCEEDING · TRUE
Órgano de origenJuzgado de Primera Instancia nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria
NIG3501642120170028407
EstadoLocalizados actos judiciales primarios de 19-Dic-2017, 12-Ene-2018, 23-Ene-2018 y Decreto 000139/2018 de 05-Mar-2018; recuperadas además la oposición primaria de CAM y una comunicación contemporánea del AC de 25-Ene-2018. El expediente completo, el resultado real de 19-Feb-2018, el escrito original de desistimiento y la firmeza final del cierre siguen incompletos.
Estado de fuenteVERIFIED_PRIMARY_COPY · DECREE_RECOVERED · SOURCE_GAPS_REFINED_03SEP2026

Referencia y cronología

Referencia: 0001041/2017; Auto 19/12/2017; Providencia 12/01/2018; Decreto 000139/2018; IUP LR2017147858.

Periodo: 2017-2018.

Último acto judicial fechado primariamente verificado: Decreto 000139/2018 de 05-Mar-2018, firmado electrónicamente por el LAJ Fernando Pérez Polo el 06-Mar-2018 a las 09:51:31.

Recurso/revisión: el Auto de 19-Dic-2017 declara expresamente su propia firmeza. El Decreto 000139/2018 era susceptible de recurso de revisión en cinco días; no se infiere su firmeza final.

Brechas documentales abiertas

Expediente completo/índice certificado; resultado real del 19-Feb-2018 y cualquier producción equivalente; escrito original de desistimiento y su autor/presentante/poder; escrito CAM de 25-Feb-2018, registro 1222/18, en texto íntegro; base jurídica concreta de la intervención del AC en la representación de LPB; notificación y firmeza final del Decreto 000139/2018.

Ya no son brechas el Auto firmado de 19-Dic-2017, la firmeza de ese Auto, la citación/requerimiento positiva de CAM del 18-Ene-2018 ni el Decreto 000139/2018 de 05-Mar-2018. Las relaciones de esta página no prueban por sí mismas causalidad, coordinación personal o responsabilidad penal.

Conexión canónica

LPB v Construcciones Acosta Matos — vía de exhibición documental relativa a la cesión de crédito.

Custodio actual: Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Control de fuente primaria · 03-Sep-2026

  • 19-Dic-2017 — Auto: admite la diligencia; ordena exhibición/producción completa de la escritura de cesión de 20-Oct-2017, precio concreto, fecha de pago y costes; caución EUR 100; firmado electrónicamente por Juan Avello Formoso y Fernando Pérez Polo. El propio Auto declara su firmeza.
  • 12-Ene-2018 — Providencia: fija la exhibición/producción para 19-Feb-2018. El señalamiento no prueba que se celebrara ni qué se produjo.
  • 23-Ene-2018 — Diligencia de Ordenación: Fernando Pérez Polo deja constancia de resultado SCNE positivo y de que CAM fue citada/requerida el 18-Ene-2018.
  • Oposición de CAM: escrito primario de parte recuperado; Gerardo Pérez Almeida, procurador, y Carmen Ramírez de Prada, letrada.
  • 25-Ene-2018 — comunicación contemporánea del AC: Francisco de Borja Rodríguez-Batllori Laffitte, actuando como administrador concursal/liquidador, comunica la terminación de la relación profesional existente con el letrado de LPB, solicita venia e instruye que el procurador no presente nuevos escritos en estas diligencias sin su consentimiento expreso. Esta comunicación prueba la intervención; no prueba por sí sola que el AC redactara o presentara el desistimiento ni que la terminación fuera jurídicamente inválida.
  • 05-Mar-2018 — Decreto 000139/2018: fuente judicial primaria recuperada. Registra que LPB solicitó desistimiento; que la parte contraria no se opuso y prestó conformidad mediante escrito de 25-Feb-2018, registro 1222/18; acuerda el sobreseimiento conforme al art. 20.3 LEC; suspende el señalamiento entonces pendiente para 25-Abr-2018 a las 11:15; y establece recurso de revisión en cinco días. Firmado electrónicamente por Fernando Pérez Polo el 06-Mar-2018 a las 09:51:31.

Abrir estado de fuente legible por máquina

Los localizadores privados de Drive, correos nativos y ficheros judiciales nativos no se copian al repositorio público; se publican únicamente hechos y límites de fuente controlados.

LECTURA CRIMINAL-FIRST · ALEGACIÓN DE GIL MARER

La pregunta ya no es simplemente «por qué se archivó».

Gil Marer sostiene que debe investigarse si el administrador concursal utilizó su posición para asumir control efectivo sobre la voz procesal de LPB y si esa intervención fue funcional al desistimiento de una diligencia dirigida a obtener de CAM los términos económicos de la cesión de crédito. Lo plantea como posible acto autónomo de instrumentalización penal y, a la vez, como pieza de una secuencia más amplia anterior, contemporánea y posterior al concurso.

La prueba disponible demuestra intervención, secuencia y efecto procesal. No demuestra todavía autoría personal del desistimiento por el AC, invalidez jurídica de la sustitución/terminación profesional, concierto con una persona concreta de Acosta Matos, dolo penal ni beneficio deliberado.

Abrir digest criminal-first, test actor-específico y cuestión de remedios →

Interconexión actor-específica y temática

Relaciones procesales expresas y backlinks

Referencias cruzadas en campos canónicos

Navegación derivada de menciones expresas de otras referencias dentro de los campos canónicos; no se eleva a relación procesal formal.

Procedimientos relacionados · navegación contextual

Enlaces calculados desde campos canónicos compartidos. Sirven para reconstruir el perímetro y descubrir expedientes vecinos, pero no prueban acumulación, identidad de partes, conexión procesal formal, conocimiento compartido, causalidad ni responsabilidad.

Navegación: mismo órgano de origen

Coincidencia de órgano únicamente; no implica conexión entre expedientes.

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