# Acto de puesta a disposición — edición OCR pública redactada

**Evidence ID:** `CAN-RIC-TREAS-001`
**Control:** `PD-CANARY-RIC-PUBLIC-DEBT-DOCROOM-20260831-01`
**Fuente nativa:** `Escrito puesta a disposicion I firmado.pdf` · 3 páginas · SHA-256 `6f21dffe62759de498830db28c571685a7afefadee4dbea20d17014a6dfe6187`

Esta edición reproduce secuencialmente las 3 páginas de la copia de control. No es el original, una copia certificada ni una transcripción pericial. El OCR español/inglés no está certificado línea por línea. Las omisiones expresas protegen datos personales y códigos de verificación; no eliminan términos financieros o institucionales materiales.


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Gil Marer
[CORREO ELECTRÓNICO OMITIDO]

ASUNTO: Materialización del acceso a la información pública reconocido mediante Resolución n.º
154/2026, de 16 de junio

En relación con la solicitud de acceso a la información pública formulada por Gil Marer , y de
conformidad con lo dispuesto en la Resolución n.º 154/2026, de 16 de junio de 2026, de la Dirección
General del Tesoro y Política Financiera, por la que se resolv ió conceder el acceso parcial a la
información solicitada, previa disociación de los datos en los términos previstos en el artículo 15.4 de
la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno,
se comunica lo siguiente:

La citada Resolución n.º 154/2026 estableció que el acceso a la información concedida tendría lugar
una vez transcurrido el plazo para la interposición del recurso [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] sin que este
se hubiera formalizado, o, en su caso, una vez resuelto confirmando el derecho a recibir la información,
de conformidad con lo previsto en el artículo 22.2 de la Ley 19/2013.

Habiendo transcurrido dicho plazo sin que conste la formalización de recurso contencioso -
administrativo que impida la m aterialización del acceso reconocido, procede dar cumplimiento a lo
dispuesto en la referida resolución.

A tal efecto, y de conformidad con el artículo 22.1 de la Ley 19/2013, que establece que el acceso a la
información se realizará preferentemente por vía electrónica, la información objeto de acceso se pone
a disposición de la persona solicitante a través del sistema «Colabora», remitiéndose el
correspondiente enlace y contraseña de acceso una vez conste su acceso a la presente notificación,
indicándose que el enlace cuenta con una vigencia de 3 meses desde su creación.

Asimismo, en relación con la información relativa a la deuda pública apta para materializar las
dotaciones de la Reserva para Inversiones en Canarias (RIC)  competencia de la Dirección Gen eral del
Tesoro y Política Financiera, se hace constar que la información de carácter general y la documentación
que se encuentra publicada y disponible en el portal web de la Administración puede ser consultada
directamente a través del siguiente enlace:

https://www.gobiernodecanarias.[CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO].html



Este documento ha sido firmado electrónicamente por:
MARIA TERESA BOSCH LLINARES - DIRECTOR/A [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] Fecha: 28/08/2026 - 09:21:01
En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde=
puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de
documento electrónico siguiente:
 [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO]
El presente documento ha sido descargado el 28/08/2026 - 09:44:20

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Asimismo, la Cuenta General de la Comunidad Autónoma es objeto de publicación en la web del
Gobierno de Canarias anualmente en el siguiente enlace:

https://www.gobiernodecanarias.[CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO].html

Esta forma de acceso resulta conforme con lo previsto en el artículo 22.3 de la Ley 19/2013, según el
cual, cuando la información ya haya sido publicada, la resolución puede limitarse a indicar al solicitante
cómo puede acceder a ella.

Por otra parte, se da traslado, a través del sistema «Colabora», de la documentación relativa a los
procedimientos de contratación que obra en poder de esta Dirección General y que se encuentra
comprendida en el objeto de la solicitud, una vez realizadas las actuaciones necesarias para garantizar
la adecuada disociación de los datos de carácter personal que pudieran resultar afectados.

En cuanto a la información relativa a operacion es de endeudamiento, debe señalarse que el elevado
volumen de documentación comprendida en la solicitud, unido a la necesidad de efectuar un examen
individualizado de la documentación y proceder, en su caso, a la disociación de los datos personales y
demás información afectada por los límites legalmente establecidos, ha impedido completar en este
momento la totalidad de las actuaciones necesarias para poner a disposición toda la documentación.

No obstante, ello no supone una modificación ni una limitación adicional del acceso reconocido
mediante la Resolución n.º 154/2026, sino que responde exclusivamente a las actuaciones materiales
necesarias para la adecuada preparación de la documentación.

En consecuencia, en este momento se pone a disposición de la persona solicitante, a través del sistema
«Colabora», la documentación correspondiente a los expedientes de endeudamiento comprendidos
entre los años 2022 y 2025, ambos inclusive, debidamente sometida, cuando procede, al proceso de
disociación de datos.

La documentación restante correspondiente a ejercicios posteriores será puesta a disposición de la
persona solicitante de forma sucesiva, mediante los correspondientes escritos de puesta a disposición,
a medida que finalicen las actuaciones necesarias para su revisión y disociación, salvo que, a la vista de
la información ya facilitada, est a manifieste expresamente su voluntad en contrario, sin que dicha
puesta a disposición sucesiva implique una nueva valoración del derecho de acceso ya reconocido.

Por tanto , mediante el presente escrito se materializa el acceso a la información concedida en la
Resolución n.º 154/2026 en los términos anteriormente indicados, quedando a disposición de la
persona solicitante, a través del sistema «Colabora», la documentación que actualmente ha podido ser
preparada para su entrega.
Este documento ha sido firmado electrónicamente por:
MARIA TERESA BOSCH LLINARES - DIRECTOR/A [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] Fecha: 28/08/2026 - 09:21:01
En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde=
puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de
documento electrónico siguiente:
 [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO]
El presente documento ha sido descargado el 28/08/2026 - 09:44:20

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Todo ello sin perjuicio de la puesta a disposición sucesiva de la documentación restante en los términos
señalados.



LA DIRECTORA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLITICA FINANCIERA
Este documento ha sido firmado electrónicamente por:
MARIA TERESA BOSCH LLINARES - DIRECTOR/A [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] Fecha: 28/08/2026 - 09:21:01
En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde=
puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de
documento electrónico siguiente:
 [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO]
El presente documento ha sido descargado el 28/08/2026 - 09:44:20
