D03 · 2026-03-06
Intervención: análisis y traslado anonimizado
La copia firmada, conservada en el folio 10 de un paquete de 16 páginas, declara análisis el 24 de febrero y traslado previa anonimización. No acredita por sí sola la efectividad técnica de la anonimización ni una filtración.
Texto de la fuente en español. Transcripción derivada, no certificación.
Folio original 10
1
DON GIL MARER
[Dato personal o de verificación omitido]
Santa Cruz de Tenerife
[Dato personal o de verificación omitido]
Asunto: Contestación comunicación del escrito dirigido a la Intervención General relativo a la posible
“responsabilidad institucional, seguridad judicial y protección de los fondos públicos en Canarias (Ref.
GM-INS-2025-01)”.
El 15 de diciembre de 2025 don Gil Marer presentó telemáticamente escrito dirigido a la Intervención
General de la Comunidad Autónoma de Canarias, número general de registro 2490169,
HRUE/375215/2025, NDE: [código de verificación omitido], a través del que pone de ma-
nifiesto «riesgos sistémicos que afectan a la seguridad judicial, a la protección de los fondos públicos
y a la credibilidad de las islas como jurisdicción jurídicamente segura para la inversión, el empleo y el
turismo.»
Careciendo este centro directivo de competencias para su tratamiento, su escrito, con el alcance en
él planteado, fue objeto de análisis en el seno de la Comisión para Integridad Pública y Lucha contra
la Corrupción, constituida en el marco del Decreto 91/2024, de 24 de junio, por el que se crea y regula
el Sistema interno de información de infracciones normativas de la Administración Pública de la Co-
munidad Autónoma de Canarias y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, en su
reunión celebrada el 24 de febrero de 2026. En ella se acordó, por razón de sus competencias, dar
traslado a la Viceconsejería de Justicia de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas,
Justicia y Seguridad, en particular en cuanto afirma, entre otros aspectos, que «bienes bajo tutela
judicial o concursal» pudieran ser objeto de disposición material o alzamiento sin las debidas autori-
zaciones.
Dicho traslado se efectúa previa anonimización de su escrito, eliminando cualquier parámetro que
permita su identificación, en respeto de su voluntad en tal sentido expresada en su escrito.
En lo que respecta al ejercicio de las funciones de control de las subvenciones públicas concedidas,
cabe reiterar que esta Intervención General ejerce con plena autonomía las labores de fiscalización
y emisión de los informes de control financiero, verificando los presupuestos, condiciones y requisitos
que amparan la concesión como el correcto destino de los fondos públicos, garantizando, además
del cumplimiento de los fines de interés público y social que justifican las medidas de fomento, la
defensa de los derechos económicos a la Hacienda de la comunidad autónoma.
En Canarias, fecha incorporada al pie.
LA INTERVENTORA GENERAL
María Ángeles Reyes Reyes.